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Generador de factura para autónomos con IVA

Crea una factura completa y descargable en PDF para tu actividad como autónomo del sector hogar y construcción: datos del emisor y del cliente, número y fecha, líneas de conceptos con sus importes, base imponible, IVA al tipo que corresponda (21% general o 10% en rehabilitación de vivienda) y, si la emites a una empresa o profesional, la retención de IRPF (15% general o 7% para nuevos autónomos) que se resta del total. La herramienta calcula sola la base, el IVA, la retención y el total a pagar para que no te equivoques al cuadrar la factura.

Documento orientativo. La retención de IRPF se aplica en facturas a empresas y profesionales (que actúan como retenedor), no a particulares. Esta herramienta no es asesoramiento fiscal: revisa tu situación con tu asesoría antes de emitir.
Tus datos
Datos del emisor (autónomo)
Datos del cliente
Datos de la factura
Conceptos
Línea 1
Impuestos

El 10% solo aplica en rehabilitación o reforma de vivienda particular si se cumplen los requisitos de la AEAT.

Aplica solo en facturas a empresas o profesionales. El 7% es para nuevos autónomos en el año de alta y los dos siguientes.

Cobro (opcional)

Introduce tu email para descargar el documento en PDF.

Vista previa del documento
Cómo funciona

Emitir una factura bien hecha parece trivial hasta que llega el momento de cuadrar el IVA y la retención de IRPF y no salen las cuentas. Este generador de factura para autónomos del sector hogar y construcción te quita ese problema: rellenas los datos, añades tus conceptos y la herramienta calcula sola la base imponible, el IVA al tipo correcto, la retención que corresponda y el total a pagar. Luego lo descargas en PDF listo para enviar.

No es un programa de contabilidad ni asesoramiento fiscal: es una forma rápida y correcta de generar el documento sin equivocarte en los importes.


Qué debe incluir una factura

Una factura completa y válida lleva, como mínimo:

  • Número y, si la usas, serie. La numeración debe ser correlativa.
  • Fecha de emisión.
  • Datos del emisor: nombre o razón social, NIF o DNI y domicilio fiscal.
  • Datos del cliente: nombre o razón social, NIF o CIF y domicilio.
  • Descripción de los conceptos con su importe (la base imponible).
  • Tipo de IVA aplicado y su cuota.
  • Retención de IRPF, su porcentaje e importe, cuando facturas a empresas o profesionales.
  • Total a pagar.

La herramienta deja todos estos campos a la vista y los calcula por ti a partir de las líneas que introduces.

El IVA en reformas: 21% general y 10% en rehabilitación de vivienda

El tipo general del IVA es el 21%. En obras sobre viviendas existe un tipo reducido del 10%, pero solo si se cumplen condiciones concretas. Para obras de renovación o reparación, la AEAT exige que el destinatario sea una persona física que usa la vivienda para uso particular, que la construcción o rehabilitación haya terminado al menos dos años antes del inicio de las obras, y que quien ejecuta no aporte materiales o que estos no superen el 40% de la base imponible de la operación. Si la vivienda se destina a alquiler o a una actividad económica, o si no se cumplen esos requisitos, aplica el 21%.

En rehabilitación cualificada hay un régimen propio (más del 50% del coste debe corresponder a obras estructurales, fachadas o cubiertas, sobre un inmueble destinado a vivienda). Ante la duda, conviene documentar el cumplimiento con una declaración del cliente y consultar la ficha oficial de la Agencia Tributaria.

La retención de IRPF del autónomo

Cuando un autónomo factura a una empresa o a otro profesional, esa factura suele llevar una retención de IRPF: un anticipo de tu impuesto sobre la renta que tu cliente ingresa en Hacienda en tu nombre. El tipo general es el 15%. Los nuevos autónomos pueden aplicar un 7% durante el año de alta y los dos siguientes, si cumplen los requisitos y lo comunican al pagador.

La retención se resta del total: base imponible más IVA menos retención. Con una base de 1.000 euros, IVA del 21% y retención del 15%, el cliente te paga 1.060 euros (1.000 + 210 - 150). Esos 150 euros no se pierden: se descuentan de tu IRPF en la declaración de la renta.

Importante: si facturas a un particular, no hay retención. En ese caso elige la opción de no aplicar retención y la factura llevará solo la base más el IVA.

Cómo usar el resultado

Empieza por tus conceptos: añade una línea por cada partida (mano de obra, materiales, desplazamiento) con su importe. La herramienta suma la base, aplica el IVA que elijas y, si procede, resta la retención. Cuando todo cuadre, descarga el PDF.

Para poner precio antes de facturar, usa la calculadora de margen y markup para presupuestos y, cuando tengas el alcance definido, pásalo al generador de presupuesto de reforma para entregar una oferta cerrada antes de emitir la factura. La página de operación explica cómo sistematizar precios, presupuestos y facturación, y en presupuestos que cierran más reformas tienes la parte comercial: cómo presentar el precio para que el cliente diga que sí.

Cuando lo tengas, compáralo con el resto de herramientas o hablamos para revisar tu proceso de facturación con tus números reales.

Resolvemos antes de empezar

Dudas sobre esta herramienta

Las preguntas reales que recibimos sobre cómo leer estos números.

Ayuda directa

¿Tu duda no está aquí?

Treinta minutos por vídeo o teléfono. Sin tecnicismos. El equipo responde con datos de tu negocio sobre la mesa.

Habla con el equipo
  1. Q/01¿Cuándo aplico la retención de IRPF del 7% y cuándo la del 15%?

    El tipo general de retención de IRPF para actividades profesionales es el 15%. Los nuevos autónomos pueden aplicar un tipo reducido del 7% durante el año en el que se dan de alta y los dos años naturales siguientes, siempre que no hayan ejercido ninguna actividad profesional en el año anterior al inicio y lo comuniquen al pagador. Pasado ese periodo, vuelven al 15%. En ambos casos la retención solo se incluye en facturas dirigidas a empresas u otros profesionales, que son quienes la ingresan en Hacienda en tu nombre.

  2. Q/02¿Cuándo se aplica el IVA del 10% en lugar del 21% en una reforma de vivienda?

    El tipo general es el 21%. El IVA reducido del 10% se aplica a obras de renovación o reparación cuando el destinatario es una persona física que usa la vivienda para uso particular, la construcción o rehabilitación terminó al menos dos años antes del inicio de las obras, y quien ejecuta no aporta materiales o, si los aporta, su coste no supera el 40% de la base imponible. En obras de rehabilitación cualificada existe un régimen propio. Si no se cumplen los requisitos, aplica el 21%. Conviene documentar el cumplimiento con una declaración del cliente.

  3. Q/03¿Qué datos debe incluir una factura para ser válida?

    Una factura completa debe incluir el número (y serie si la usas), la fecha de emisión, los datos fiscales del emisor (nombre o razón social, NIF y domicilio) y del cliente, la descripción de las operaciones con su base imponible, el tipo de IVA aplicado y la cuota, y el importe total. Si emites a una empresa o profesional y aplicas retención de IRPF, debe figurar también el porcentaje y el importe retenido. La herramienta rellena todos estos campos y calcula los importes por ti.

  4. Q/04¿La retención de IRPF se suma o se resta del total de la factura?

    Se resta. El cálculo es: base imponible más IVA menos retención de IRPF igual a total a pagar. Por ejemplo, con una base de 1.000 euros, IVA del 21% (210 euros) y retención del 15% (150 euros), el total que te paga el cliente es 1.000 + 210 - 150 = 1.060 euros. Esos 150 euros de retención no los pierdes: tu cliente los ingresa en Hacienda a tu nombre y se descuentan de tu IRPF en la declaración de la renta.

  5. Q/05¿Tengo que poner retención de IRPF si facturo a un particular?

    No. La retención de IRPF solo se aplica cuando el cliente es una empresa o un profesional, porque son ellos quienes actúan como retenedores e ingresan ese importe en Hacienda. Cuando facturas a un particular (un consumidor final), no se practica retención: la factura lleva la base imponible más el IVA, sin restar nada. En la herramienta, en ese caso elige la opción No aplicar retención.

  6. Q/06¿Esta factura sirve para presentar mis impuestos?

    La herramienta genera un documento orientativo con la estructura y el cálculo correctos, pero no sustituye a tu software de facturación ni al asesoramiento de un profesional. Revisa siempre los tipos aplicables a tu caso, la numeración correlativa de tus facturas y los requisitos de facturación vigentes. Para tu contabilidad y tus declaraciones, apóyate en tu asesoría o en un programa de facturación homologado.

Sigue calculando

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